Os voy a resumir un pequeño articulo de una revista del automovil sobre la nueva ITV, tiene cosas muy interesantes.
Cito:
Desde el 14 de enero del presente año, superar la nueva ITV ha pasado de ser un mero tramite a considerarse una caza de brujas. ¿Es sincera la nueva normativa o es un mero afán recaudatorio?
El objetivo de la nueva ley dice que " todo vehiculo que circule por nuestras carreteras debe ser tan o mas seguro que cuando se fabrico y que no contamine mas que entonces". Este es el Real Decreto 886/2010 del 14 de julio de 2010 y que entro en vigor 6 meses después, es decir el 14 de enero de 2011. El resultado de esta nueva ley es que ya no existe el concepto de "reforma de importancia" en el que se contemplaban 46 reformas concretas, sino que ha nacido el de "reforma de vehiculo", que es mucho mas amplio y engloba conceptos con mas de 100 supuestos.
El primer efecto negativo es para los fabricantes de componentes aftermarket ya que aunque diseñan piezas especificas para ciertos modelos (un ejemplo un kit de frenos Brembo para un Seat León), para poder llevarlas habrá que homologarlas.
Esto afecta a todos los conductores que hayan o vayan a hacer alguna modificación en su vehiculo, porque casi todos los elementos que se hayan instalado con posterioridad a su fabricación deben aparecer reflejados en la ficha técnica del vehículo. Un ejemplo son el cambio de llantas, o la instalación de unas suspensiones mas deportivas, que antes no necesitaban pasar por ITV, ahora están consideradas como reforma de vehículo y deben obligatoriamente ser inscritas en la ficha técnica del Automóvil.
Por otro lado, ahora ya si que existe homologación para algunos casos que antes tenían vacío legal como eran el Kit de Xenon. Eso si, el kit aftermarket que instales tiene que contar con Homologacion Europea E4 para su venta, y ademas, debe ir acompañado de lavafaros y reglaje automático de luces.
QUE NO NECESITA HOMOLOGACION
Todo lo que se considere "recambio". Lo que esta exento sería, el cambio de un equipo de audio, el pomo de la palanca de freno, la instalación de un kit de manos libres, la colocación de una barra de torretas, cambiar la medida del neumatico si no varia el desarrollo en mas de un 3% y no modifica el ancho de vias. Y, hay otras cosas que deben ser homologadas.... pero que sino lo haces, en la ITV no se van a dar cuenta, como la reprogramación de centralita del motor.
QUE NO SE PODRA HOMOLOGAR NUNCA
Todo aquello que reste seguridad para los ocupantes del coche o de los peatones, o que provoque que el vehículo contamine mas. Por ejemplo, faldones con aristas cortantes o alerones metalicos. Tampoco se pueden instalar mas faros si esto supone superar los 75 puntos de luz totales, ni tampoco se puede cambiar el volante con airbag por otro que no lo lleve.
¿EN QUE SE BASAN PARA VALORAR SI ES DE SERIE O UNA MODIFICACIÓN?
En caso de accesorios montados en concesionario, la decisión de si es o no original o necesita homologación depende del criterio del técnico de la ITV. Si el usuario tiene dudas lo mejor es preguntar al técnico de la ITV. Si él lo considera reforma, tendrás que acudir a tu marca para que te haga un certificado en el que figure que ese elemento venia de fábrica o que ya está homologado. De lo contrario el usuario deberá homologarlo.
¿Y QUE PASA CON LO QUE YA ESTABA INSTALADO ANTES DE LA LEY NUEVA?
Si nuestro coche tiene alguna modificación que antes no hacia falta homologar pero que ahora si, como por ejemplo un autoblocante, tienes hasta el 14 de junio para acudir a la ITV y, alegando que es una reforma previa al 14 de enero, que te la apunten en la ficha técnica como diligencia administrativa, por unos 25€.
CUAL ES EL PROCESO DE HOMOLOGACIÓN
Una vez comprada la pieza, siempre con homologacion europea, sino será imposible homologarla (tiene que llevar grabado un codigo con una E), lo mas facil para homologarla es acudir a una empresa especializad en reformas de vehiculos como FC consultores. El proxeso costara unos 300€
1.- Conseguir un informe favorable de un laboratorio de reformas como IDIADA o INTA, o de la marca de tu coche.
2.- Si se trata de una modificación de envergadura, como instalar unos frenos de competición, ademas necesitarás un proyecto técnico visado por el colegio de ingenieros y un certificado final de obra en el que un ingeniero industrial hace constar que la reforma está bien hecha.
3.- Obtener un certificado de montaje que te proporcionará el taller donde hayas montado la nueva pieza, la nueva ley obliga a realizar la reformas por personal cualificado
4.- Acudir a la ITV con todos estos documentos y pagar la tasa de inscripcion de reforma, unos 45€.
Bueno espero que se hayan aclarado algunas de las dudas que teniamos con la puñetera ITV. Con respecto a nuestro tema de las luces diurnas, lo que me queda un poco mas claro es que depende de quien te toque serán o no legales, si el técnico se pone burro hay que llevar certificado, y sino pues no nos pediran nada. Pero yo por si acaso los tengo pedidos, por si las moscas.
Saludos


Nacho,muy bueno 




